Autoconsumo · ayudas vigentes en 2026
Ayudas para placas solares en 2026
Medio internet sigue anunciando la subvención estatal de 600 € por kilovatio. Cerró el 31 de diciembre de 2023. Lo que existe hoy es otra cosa: una deducción nueva en la renta, dos bonificaciones municipales y la compensación de excedentes. Aquí están las cuatro, con su norma, sus topes y una calculadora para saber cuánto te devuelven.
10 % o 20 %
Deducción del IRPF por instalar autoconsumo. Base máxima 5.000 €: hasta 1.000 € de vuelta.
Hasta 50 % del IBI
Durante los años que fije la ordenanza. Solo si tu municipio la ha aprobado.
Hasta 95 % del ICIO
Sobre el impuesto de la obra. Se pide con la licencia, antes de instalar.
Cerrado
El RD 477/2021 dejó de admitir solicitudes el 31 de diciembre de 2023. Quedan expedientes por resolver.
Cuánto te devuelve Hacienda por tu instalación
La deducción por autoconsumo se aplica en la declaración de la renta de 2026, la que se presenta en la primavera de 2027, y se resta de la cuota estatal. Pon el coste de tu presupuesto y verás la cifra con su tope.
La norma distingue entre «un inmueble de su propiedad» (10 %) y «viviendas ubicadas en edificios de uso predominantemente residencial» (20 %). Para una casa unifamiliar la lectura literal es la segunda, pero la Agencia Tributaria no ha publicado todavía un criterio: si es tu caso, confírmalo antes de contar con los 1.000 €.
La deducción nueva del IRPF por autoconsumo, en detalle
La creó el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, con efectos desde el 1 de enero de 2026. Es la primera ayuda fiscal pensada específicamente para las placas: hasta ahora el autoconsumo solo entraba por la puerta de atrás de las deducciones por eficiencia energética, que exigen dos certificados. Estas son sus condiciones, tal como las resume la Agencia Tributaria.
- 1
Instalación hecha, terminada y pagada en 2026
Las tres cosas dentro del año. Una instalación que se termine en enero de 2027 se queda fuera, aunque la hayas pagado en diciembre.
- 2
Base máxima de 5.000 €
Cuentan los equipos, los materiales, la mano de obra, las obras necesarias y el sistema de almacenamiento. Por encima del tope la deducción no sube.
- 3
Pago rastreable
Tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta. El efectivo queda expresamente excluido, aunque tengas factura.
- 4
Con todos los permisos, y el CIE en la mano
El Certificado de Instalación Eléctrica del instalador, conforme al Reglamento de Baja Tensión y al RD 244/2019, es obligatorio. Es el mismo papel con el que se legaliza el autoconsumo, así que no supone trámite extra: solo no perderlo.
- 5
Las ayudas públicas se restan
Si una parte la pagó una subvención, esa parte no entra en la base.
- 6
Solo para uso particular
Si la instalación está afecta a una actividad económica en el momento de instalarla no hay deducción, y si la afectas después se pierde la que ya aplicaste.
¿Deducción por autoconsumo o por eficiencia energética? Solo una
Por la misma instalación en el mismo inmueble no se pueden aplicar las dos. Las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética siguen vigentes (el mismo decreto las prorrogó) y, en un caso concreto, devuelven bastante más. La diferencia está en lo que hay que demostrar.
| Deducción | Porcentaje | Base máxima | Qué hay que acreditar | Obras hasta |
|---|---|---|---|---|
| Autoconsumo renovable (nueva) | 10 % o 20 % | 5.000 € | Solo el CIE de la instalación | 31 de diciembre de 2026 |
| Obras que reducen al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración | 20 % | 5.000 € | Certificado energético antes y después de la obra | 31 de diciembre de 2026 |
| Obras que reducen al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable, o que llevan la vivienda a clase A o B | 40 % | 7.500 € | Certificado energético antes y después de la obra | 31 de diciembre de 2026 |
| Obras de rehabilitación energética en edificios de uso predominantemente residencial | 60 % | 5.000 € al año (15.000 € en total) | Certificado energético antes y después de la obra | 31 de diciembre de 2027 |
La cuenta que conviene hacer: una instalación de 7.500 € o más devuelve 3.000 € por la vía del 40 % (base 7.500 €) frente a 1.000 € por la de autoconsumo. La condición es que el certificado energético posterior acredite una reducción de al menos el 30 % del consumo de energía primaria no renovable, algo que una instalación bien dimensionada suele conseguir, y que ambos certificados los emita un técnico. Ese trámite cuesta dinero y tiempo; para instalaciones pequeñas la deducción nueva, sin certificados, es la que compensa.
IBI e ICIO: la ayuda que depende de tu ayuntamiento
La Ley de Haciendas Locales permite a los ayuntamientos bonificar hasta el 50 % de la cuota del IBI de los inmuebles con sistemas de aprovechamiento de la energía solar, y hasta el 95 % del ICIO de la obra que los incorpora. Las dos palabras que importan son «permite» y «hasta»: cada ayuntamiento decide en su ordenanza fiscal si la aplica, con qué porcentaje y durante cuántos años, y muchos no la tienen. Por eso aquí no encontrarás una lista de municipios con cifras: caducan cada enero y casi ninguna de las que circulan está al día.
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Busca la ordenanza fiscal del IBI de tu municipio
En la web del ayuntamiento, «ordenanzas fiscales». Busca dentro «energía solar» o «aprovechamiento térmico o eléctrico». Si no aparece, no hay bonificación.
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El ICIO se pide antes de la obra
Va ligado a la licencia o a la comunicación de obra. Si la instalación ya está hecha, esa bonificación se ha perdido.
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El IBI se pide con la instalación legalizada
Normalmente en los primeros meses del año, con el CIE y el registro de autoconsumo. Se aplica al recibo siguiente.
El programa estatal de 2021 está cerrado: qué queda de él
El Real Decreto 477/2021 repartió entre las comunidades autónomas los fondos europeos para autoconsumo y almacenamiento. Su artículo 4 fijó el fin del plazo de solicitudes en el 31 de diciembre de 2023, «no admitiéndose nuevas solicitudes a partir de esta fecha». Tras las ampliaciones, el presupuesto total superó los 1377,1 M€, y en 2026 lo que sigue vivo son los expedientes presentados a tiempo: resoluciones, justificaciones y pagos que cada comunidad tramita a su ritmo. Si presentaste una solicitud, esta es la ventanilla que la lleva.
Algunas comunidades tienen programas propios al margen de este reparto, con sus propias convocatorias y plazos. Los publica cada agencia autonómica de la energía; la tabla enlaza a la ventanilla donde consultarlos. Los datos de esta tabla se contrastan con la página del IDAE; el detalle de cada expediente lo tiene tu comunidad.
Compensación de excedentes: la ayuda que no es una ayuda
Lo que produces y no consumes se vierte a la red y tu comercializadora te lo descuenta de la factura. No es una subvención ni pasa por Hacienda: es un precio, y bastante más bajo que el que pagas por comprar. Por eso pesa más en la decisión el tamaño de la instalación que cualquier ayuda: lo explicamos en la guía de la compensación de excedentes y lo calcula la calculadora de placas.
Qué pedir al instalador para no perder la deducción
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Factura detallada a tu nombre
Con equipos, mano de obra y obra desglosados y la dirección del inmueble. Es lo que justifica la base.
- 2
Pago por transferencia o tarjeta
Nunca en efectivo, ni una parte. Guarda el justificante bancario junto a la factura.
- 3
El CIE y el registro de autoconsumo
El instalador tramita los dos; pídele copia. Sin CIE no hay deducción, y sin registro no hay compensación de excedentes.
- 4
Fecha de finalización dentro del año
Si la instalación se retrasa a enero, la deducción de 2026 se pierde. Que conste la fecha de puesta en marcha.
- 5
Si vas a por el 40 %, el certificado energético previo
Tiene que emitirse antes de la obra. Después ya no se puede reconstruir.
Fuentes: boletín de la Agencia Tributaria sobre el RDL 7/2026; Agencia Tributaria, deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética; RD 477/2021, texto consolidado; texto refundido de la Ley de Haciendas Locales; IDAE, estado de las convocatorias por comunidad. Consultadas el 13 de septiembre de 2026. No es asesoramiento fiscal: para tu caso concreto, pregunta a un profesional.
Preguntas frecuentes
¿Hay subvención directa para placas solares en 2026?
El programa estatal de 2021 (RD 477/2021) cerró el plazo de solicitudes el 31 de diciembre de 2023 y no se ha abierto otro de ámbito nacional. Lo que hay en 2026 es una deducción nueva en el IRPF del 10 % o el 20 % con base máxima de 5.000 €, más las bonificaciones del IBI y del ICIO que decide cada ayuntamiento.
¿Cuánto me devuelve Hacienda como máximo?
1.000 € si la instalación está en una vivienda de un edificio de uso residencial (el 20 % de 5.000 €) y 500 € en el resto de inmuebles de tu propiedad. Por encima de 5.000 € de coste la deducción no crece.
¿Puedo sumar la deducción por autoconsumo y la de eficiencia energética?
No, por la misma instalación en el mismo inmueble solo una de las dos. Si tu obra reduce al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable y lo acreditas con dos certificados energéticos, la del 40 % (base 7.500 €) devuelve más; si no vas a certificar, la de autoconsumo es la sencilla: basta el certificado de la instalación eléctrica.
¿Qué pasa si recibí una ayuda pública por la misma instalación?
Se resta de la base. Si te subvencionaron 1.500 € de una instalación de 6.000 €, la base de la deducción es 4.500 €, no 6.000 €.
¿Sirve si pagué en efectivo?
No. Solo cuentan los pagos con tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta. Es el requisito que más deducciones tumba.
¿La bonificación del IBI es automática?
No. La pide el propietario en su ayuntamiento, después de tener la instalación legalizada, y solo existe si la ordenanza fiscal de ese municipio la ha aprobado. La ley fija el tope (50 % de la cuota), cada ayuntamiento decide el porcentaje real y durante cuántos años.